PLANES EXEQUIALES


LIBERTY PLUS 
 SERVICIOS EXEQUIALES INDIVIDUALES DE LOS PLANES 396 – 397 Y 398  COBERTURA A INDEMNIZAR


VELACIÓN
  • Trámites legales y notariales
  • Traslado del fallecido 
  • Tratamiento y conservación del cuerpo 
  • Cofre fúnebre 
  • Sala de velación con su equipo 
  • Misa de exequias o rito ecuménico 
  • Carroza Fúnebre 
  • Cinta Impresa
  • Arreglo Floral para el Cofre 
  • Asistente Ejecutiva (solo para Bogotá)
INHUMACIÓN
  • Lote o Bóveda en asignación y su adecuación por el tiempo 
  •  Determinado para cada región 
  • Impuesto Distrital o Municipal 
  • Apertura y Cierre 
  • Oficio Religioso 
  • Placa Memorial
  • Exhumación de restos a la finalización del periodo de asignación 
  • Urna para los restos 
  • Osario en tierra (según disponibilidad costumbres y cultura de cada región)
  • Placa Memorial osario
CREMACIÓN  
  • Oficios religiosos
  • Cremación 
  • Urna Cenizario 
  • Cenizario (según disponibilidad  y cultura de cada región)
  • Placa Memorial Cenízario 


 NOTA: Para efectos de Bogotá, la inhumación o Cremación  se efectuara en parques cementerios privados o Cementerios Distritales, según preferencias del afiliado. 

BENEFICIOS
  • La solución  de los planes es total (Funeraria, Inhumación o Cremación).
  • Prestación de los servicios a nivel Nacional. 
  • Tranquilidad al momento del evento.
  • No hay lugar a pagos de excedentes económico alguno por los servicios que se garantizan.
  • Auxilio económico por lote en propiedad hasta 2.5 SMMLV para los planes Tradicional y Especial con destino a gastos complementarios que se requieran para habilitar el uso de dicho lote y previa presentación de las facturas correspondientes.
  • Gastos emergentes por $1’000.000 únicamente cuando el fallecido sea el afiliado principal.
  • Traslado sanitario del fallecido a su lugar de domicilio permanente a nivel nacional. 


PLAN 396 

GRUPO ASEGURABLE: Cada uno de los grupos familiares debe ser máximo de 10 personas y puede estar conformado por los siguientes parentescos de consanguinidad, afinidad y único civil : 


  • Asegurado principal (obligatorio) 
  • Cónyuge o compañero permanente 
  • Hijos
  • Padre – Madre 
  • Hermanos 
  • Tíos, Nietos, Abuelos, Sobrinos, Primos, Suegros, Cuñados, Yernos – Nueras, Servicio Doméstico – Empleados  de confianza, Hermnastros(a), hijastros(a), Padrastro, Madrastra

Las edades mínimas y máximas de ingreso son desde los 6 m eses de gestación hasta 69 años cumplidos,  la permanencia se mantendrá de forma limitada.
Para asegurados mayores de 65 años de edad y hasta 69 años de edad ,se cobrara una extra-prima del 50% para el primero y 40% para los demás sobre el costo de la prima anual del plan.

Para la modalidad de un solo asegurado la edad máxima de ingreso es de 65 años de edad. 

PLAN 397 

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PLAN 398
AFILIADO PRINCIPAL: Cabeza de grupo quien deberá ser menor de 65 años 
TRES FAMILIARES : Menores de 65 años con cualquier parentesco , se permite incluir dentro de estos tres familiares hasta 2 (dos) padres y/o Suegros del afiliado principal menores de 80 años , 
AFILIADO PRINCIPAL (CASADO) , Hijos desde el sexto mes de embarazo , hijos legítimos o legalmente adoptados e hijastros hasta los 30 años inclusive y sin numero limite de afiliados. 
AFILIADO PRINCIPAL SOLTERO : Hermanos hasta los 30 años inclusive y sin numero límite de afiliados 
NOTA: Al renovar el programa , los hijos (para el casado) o hermanos (para el soltero) que hayan cumplido 31 años pagaran un valor adicional, salvo que estén considerados dentro del grupo de los tres adultos, 
 PARENTESCOS DEFINIDOS : Cónyuge, Hermanos, Abuelos , Primos , Nueras, Hijos, Nietos , Tíos , Cuñados, Padres,Suegros,Sobrinos, Yernos 
PARENTESCOS ADICIONALES: Tanto como desee el afiliado Principal, con cualquier parentesco de los definidos anteriormente pero menos de 65 años y sin restricción alguna para permanecer en el plan.